JUSTICIA (I)

Palabras con Historia

Por: Marcos López Herrador


Organización de la que dispone el Estado para reprimir o castigar los delitos y dirimir las diferencias entre los ciudadanos, de acuerdo con la ley y el derecho.

Pretender en tan corto espacio abordar el contenido de una palabra tan compleja y que tiene tal cantidad de significados, puede resultar una osadía que raye en la petulancia, pero tal vez pueda perdonarse el intento, si al menos da motivos para la reflexión.

Otros significados de la palabra justicia son: Virtud que inclina a dar a cada uno lo que le pertenece; derecho, razón equidad; lo que debe hacerse según derecho y razón; pena o castigo público, y otros muchos.

Vamos a centrarnos en la primera acepción dada como capacidad y acción del Estado.   Como todo lo que es fundamental en nuestra estructura social, los orígenes de la justicia son tan antiguos como el hombre, y los primeros indicios del hecho de impartir justicia como actividad organizada, los encontramos en tiempos remotos.

Cuando hoy nos referimos al principio de “ojo por ojo y diente por diente”, todos nos sentimos turbados ante la crueldad que aparentemente encierra. A todos nos remite a una idea de venganza que se encuentra muy lejos de nuestra actual idea de justicia.

Pero veamos si esto es realmente así. El principio de “ojo por ojo y diente por diente” se encuentra recogido en el código de Hammurabi, cuyo conjunto de leyes regulaba la sociedad babilónica hacia el año 1700 a. C. Este principio, que hoy en día es sinónimo de cruel venganza, en aquel tiempo resultó un avance revolucionario en las relaciones humanas, viniendo a instaurar una idea de equidad y proporcionalidad en la respuesta ante un daño sufrido, pues la venganza, en las sociedades primitivas, solía cursar provocando un daño desmesurado que estaba muy alejado de cualquier proporción con el daño recibido. La venganza era el instrumento de los particulares para restituir lo dañado o infligir un daño a los que lo causaron. Pero el particular ofendido no es precisamente el más imparcial, ni tiene la objetividad necesaria para devolver un daño de la misma medida que el recibido, porque la respuesta por la vía de la venganza está cargada de pasiones y ninguna reflexión, y resulta siempre desmesurada por orden lógico de las cosas.

La aplicación del principio recogido en el código de Hammurabi, exige, por otra parte, que, para determinar qué es justo, intervenga alguien distinto de las partes, independiente de ellas, imparcial en su juicio, autónomo en su voluntad en tanto que ha de estar libre de influencias ajenas, y dotado de suficiente autoridad como para que su decisión sea aceptada e impuesta a las partes.

Así que, repito: “ojo por ojo y diente por diente” lo que hace es asentar un principio de justicia, de equivalencia y de equidad.

Casi cuatro mil años han pasado desde aquel momento, y desde entonces, el concepto de justicia ha evolucionado hasta alcanzar nuestra actual concepción.

Hoy, podemos decir, de forma breve y resumida, que la justicia moderna, occidental y democrática se caracteriza por ser: Independiente, autónoma, imparcial, y libre.

En ella ha de regir un principio fundamental de que todos los ciudadanos son iguales ante la ley. Y de este principio se deriva el también básico de que nadie será juzgado por lo que es sino por sus actos.

Se trata de una justicia sometida al Estado de Derecho, dentro de un sistema de división de poderes.

En el ámbito penal, debe regir el principio de que nadie…, nadie debe ser investigado si no existen previamente indicios de una conducta delictiva.

En la Edad Media, cuando el poderoso quería perjudicar a alguien, se investigaba a éste hasta ver si se podía encontrar algo con lo que imputarlo. A esa forma de proceder se le llama se llama “abrir causa general”, y es lo que caracterizó a la justicia inquisitorial.

Resulta sorprendente que en la actualidad ciertas formaciones políticas manifiesten sin empacho estas inclinaciones inquisitoriales; aunque mejor, dejamos este asunto para tratarlo en otra ocasión.

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